Son facultades y obligaciones del Secretario de Prensa y Propaganda:

a) De acuerdo con el Secretario de Relaciones, vigilar que los miembros del Comité Ejecutivo y/o del Consejo Consultivo sean debidamente citados a las reuniones y asambleas.

b) De acuerdo con los Comités Seccionales y el Comité Ejecutivo citar a Asamblea General y prever el Orden del Día.

c) Asumir la dirección de las publicaciones regulares del sindicato (periódicos, revistas y boletines), para difundir la plataforma de principios del sindicato y promover el conocimiento de las actividades que realiza el mismo sindicato, el Comité Ejecutivo, las comisiones o las secciones, manteniendo al personal académico informado de todos los asuntos de interés colectivo, sindical y académico.

d) Procurar el intercambio con otros sindicatos de maestros, y sindicatos en general, de todas aquellas publicaciones referentes al sindicalismo en general y al sindicalismo universitario en particular, formando con esas publicaciones recibidas un acerbo que este a la disposición del personal académico.

e) De la misma forma, pugnar por la formación de una hemeroteca, así como de una biblioteca, propiedad del Sindicato y que contenga aquellas obras de interés sindical general, para los miembros del personal académico.

f) Propiciar, organizar y dirigir todas aquellas campañas de propaganda que impulsen un mejor conocimiento de los propósitos del sindicato, en relación a la comunidad universitaria y al pueblo en general e incluso que propicien la afiliación de nuevos miembros del Sindicato.

g) Acordar con el Secretario General, los asuntos de su cargo.

h) Las demás que deduzcan de la naturaleza propia de sus funciones.